Esquema de las deducciones aplicables en el IRPF 2018
Creación de empleo para trabajadores con discapacidad |
Deducción de la cuota íntegra de de 9.000 € por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%, contratados por el contribuyente, experimentado durante el período impositivo, respecto a la plantilla media de trabajadores de la misma naturaleza (discapacitados con el mismo grado de discapacidad) del período inmediato anterior. Si el grado de discapacidad del trabajador es igual o superior al 65%, la deducción es de 12.000 € por cada persona/año de incremento del promedio de la plantilla. |
Cuenta ahorro-empresa |
Suprimida. Hasta el ejercicio 2014 existía una deducción por las cantidades depositadas en entidades de crédito, en cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, destinadas a la constitución de una sociedad Nueva Empresa, siempre que cumplan determinados requisitos. Base máxima de la deducción: 9.000 € anuales y porcentaje de deducción: 15%. Régimen transitorio: no formará parte de la base de la deducción por inversión en empresas de nueva creación, el importe de las acciones o participaciones adquiridas con el saldo de cuentas ahorro-empresa en la medida en que dicho saldo hubiera sido objeto de deducción. |
Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla |
Deducción del 60% de las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Entre otras tienen esta consideración las procedentes de sociedades que operen efectiva y materialmente en Ceuta o Melilla y a las que resulte de aplicación la bonificación establecida en el artículo 33 de la LIS en los siguientes supuestos: - Que tengan su domicilio y objeto social exclusivo en estos territorios. - Que operen en Ceuta o Melilla durante un plazo no inferior a tres años y obtengan rentas fuera de dichas ciudades, siempre que respecto de estas rentas tengan derecho a la aplicación de la bonificación del art. 33.6 LIS. |
Actuaciones para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial |
15% de las cantidades destinadas a: - Adquisiciones de bienes del Patrimonio Histórico Español cuando se cumplan determinados requisitos - A la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de bienes de interés cultural - A la rehabilitación de edificios, el mantenimiento y reparación de sus tejados y fachadas, y la mejora de infraestructuras de su propiedad situados en el entorno de protección y de los bienes declarados Patrimonio Mundial por la Unesco. |
Familia numerosa o personas con discapacidad a cargo |
1.200 € por cada descendiente con discapacidad, ascendiente con discapacidad, cónyuge no separado legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros y ascendiente o hermano huérfano de padre y madre que forme parte de una familia numerosa, o ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos. 2.400 €: si se trata de familia numerosa especial La cuantía de la deducción por familia numerosa se incrementará hasta en 600 euros anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos exigido para que dicha familia haya adquirido la condición de familia numerosa de categoría general o especial, según corresponda. Límite: importe de las cotizaciones y cuotas totales a la seguridad social y mutualidades |