Los trabajadores a tiempo parcial deben disfrutar de las mismas garantías que los que están a jornada completa en la cobertura de los salarios e indemnizaciones por despido que cobran del Fogasa.
El juzgado de lo social nº 3 de Elche ha dictaminado que los trabajadores a tiempo parcial deben disfrutar de las mismas garantías que los trabajadores a jornada completa en la cobertura de los salarios e indemnizaciones por despido que tienen que cobrar del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).
En una sentencia, el tribunal da la razón a una trabajadora que fue despedida y le reconoce un salario matemáticamente de acuerdo con la jornada del 80% de la habitual que realizaba, cuando el Fogasa establece unos límites más bajos, ya que ofrece hasta 120 días de salario pendiente de cobro y como tope el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que son 50,09 euros al día, y 30 días de salario por año trabajado y teniendo también como límite del salario diario el doble del SMI.
La mayor parte de la jurisprudencia de los tribunales superiores de justicia establece que en los contratos con jornada parcial se debe aplicar la tesis del fondo.
El juez estimó los argumentos de la empleada porque ni los decretos reguladores del SMI ni el Estatuto de los Trabajadores realizan la distinción del Fogasa.