El Tribunal General de Luxemburgo ha ratificado la multa de 151,8 millones de euros que la Comisión Europea impuso en julio de 2007 a Telefónica al responsabilizarla de abuso de posición dominante en el mercado de banda ancha. La decisión no tiene consecuencias económicas directas para la cuenta de resultados de la operadora española ya que la multa fue totalmente provisionada en el momento en que se impuso.
El Tribunal rechazó el recurso y señaló que la Comisión Europea "consideró acertadamente que Telefónica había abusado de su posición dominante "en el mercado de Internet español, según un comunicado del tribunal. El fallo también señala que considera acertada la opinión de la Comisión Europea de que el estrechamiento de márgenes, es una forma de abuso de posición dominante. La decisión del tribunal puede ser apelada en casación ante el Tribunal de Justicia y, previsiblemente, la operadora española lo hará.
En 2007, el área de Competencia de Comisión Europea, entonces bajo el control de Neelie Kroes, la actual comisaria de Telecomunicaciones, actuó a instancia de una denuncia de Wanadoo, un proveedor de Internet y de ADSL propiedad de France Télécom y que se integró en lo que ahora es Orange España. La Comisión consideró que Telefónica había impuesto, entre septiembre de 2001 y diciembre de 2006, precios que estrechaban los márgenes de sus rivales, entre los precios mayoristas que cobraba a los competidores y las tarifas minoristas para los clientes, lo que debilitaba a los operadores alternativos.
Tanto Telefónica como la CMT, el regulador español, que también se opuso a la sanción e intervino activamente en la vista del recurso, destacaron que esa conclusión era “diametralmente opuesta” a la del propio regulador español, tras cinco años de intervención en el mercado de la banda ancha. Para Telefónica, la operadora no podía ser culpable de estrechamiento de márgenes porque era la CMT la que había aprobado el catálogo de ofertas y precios con el objetivo de fomentar la competencia.
La vista del recurso ante el Tribunal Europeo se produjo el pasado septiembre. La tardanza en la comunicación de la sentencia, de casi seis meses, llevó a los observadores a considerar la posibilidad de que se hubiera producido un fuerte debate en el seno del Tribunal, especialmente en cuanto a la cuantía de la sanción, totalmente desproporcionada con respecto a otras que se habían impuesto anteriormente a otros operadores históricos por causas similares relacionadas con el abuso de posición dominante en el mercado de banda ancha fija. De hecho, France Télécom había recibido anteriormente una multa de 10,3 millones de euros, mientras que la que se impuso a Deutsche Telekom fue de 12,6 millones. Ambas multas fueron también ratificadas por el Tribunal Europeo de Justicia.