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05/10/2018 | Soria | ABACO SORIAL S.L.

EL TRIBUNAL SUPREMO HA CONSIDERADO QUE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD ESTAN EXENTAS

Fiscal

El Tribunal Supremo en sentencia de 3 de octubre de 2018, nº 1462/2018, ha considerado que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social están exentas en virtud del artículo 7.h) de la LIRPF.

Consideramos que, en general, las madres que hayan tributado en su Renta por estas prestaciones, de 2014 a 2017, ambos inclusive, pueden solicitar la rectificación de la autoliquidación o autoliquidaciones y obtener la correspondiente devolución de ingresos indebidos y, asimismo, los intereses de demora. El plazo para solicitar la de 2014 expiraría el 30 de junio de 2019. No podrán solicitar la devolución las que tengan liquidaciones firmes.