Los bancos han empezado a cubrirse
legalmente ante la posibilidad
de que tengan que llegar a
pagar por las hipotecas. Tres entidades
financieras ya incluyen
en los contratos una cláusula por
la que los tipos de interés no podrán
ser inferiores al 0%, después
de que el euríbor a 12
meses, el que se usa mayoritariamente
para el cálculo de las cuotas
hipotecarias, haya entrado en
tasas negativas.
L
a intensa caída del euríbor a 12
meses hasta situarse por debajo de
cero ha puesto en alerta al sector
bancario, que ya está reaccionando para
protegerse contra la posibilidad de que
los tipos efectivos que se aplican en las
hipotecas pasen a ser negativos, algo que
nunca antes se había contemplado. Pero
el índice al que están referenciadas la mayoría
de las hipotecas variables en España
registra ya una media provisional
del -0,002% en febrero y, si se mantiene
esta tendencia lo que queda de mes,
la tasa mensual cerraría en negativo por
primera vez en la historia. Una situación
que ha llevado a algunas entidades financieras
a incluir en los nuevos contratos
hipotecarios cláusulas de tipos mí-
nimo cero. Esto es, que el interés más
bajo posible –sumando euríbor y diferencial–
no podrá ser inferior al 0%, sea
cual sea el tramo negativo que alcance
el euríbor.
A menos Liberbank (que incluye a
Cajastur, CCM, Caja Cantabria y Caja
Extremadura), CaixaBank y Oficina Directa
han ido incorporando en sus
préstamos esta limitación a la variabilidad
del tipo de interés aplicable.
Según uno de los contratos hipotecarios
al que ha tenido acceso CincoDías,
la cláusula se expresa así: “En
el supuesto en el que la referencia pactada
resultase para algún periodo semestral
inferior a cero (0), se entendrá
que, a efectos del cálculo del tipo
de interés ordinario aplicable durante
ese concreto periodo, la referencia
es igual a cero (0)”. En este caso, la entidad
no se cubre solo de un interés
final negativo, sino que invalida para
el cálculo un euríbor por debajo del 0%.