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20/05/2020 | Soria | ABACO SORIAL S.L.

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: ¡No inicies el período ejecutivo!

Economía y empresa

Financiación. Si Tu empresa no tiene liquidez para pagar sus declaraciones tributarias, enlightenedpuede acogerse a la financiación bancaria que se ha regulado para paliar los efectos del Covid-19 con el aval del Ministerio de Asuntos Económicos.

Declarar sin pagar. Si se ha solicitado dicha financiación para las declaraciones que deba presentar ante la AEAT entre el 20 de abril y el 30 de mayo de 2020, se puede presentar dichas declaraciones dentro del plazo legal sin efectuar su ingreso. En ese caso, no se iniciará el período ejecutivo ni se le exigirán recargos.

Requisitos. Para que esto sea posible, la empresa deberá cumplir algunos requisitos. Entre otros:

  • Que, dentro de los cinco días siguientes al fin del plazo de presentación de la autoliquidación, se presente ante Hacienda un certificado de su banco acreditando que ha solicitado financiar dicha deuda.
  • Que se haga efectivo el pago de las autoliquidaciones de forma inmediata tras recibir la financiación, y siempre dentro del mes siguiente al fin del plazo legal de presentación de éstas.

CONCLUSION: Si se solicita la financiación especial aprobada, se podrá presentar las autoliquidaciones cuyo plazo legal finaliza hasta el 30 de mayo sin ingresar nada, y pagar cuando se reciba el préstamo.