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01/04/2019 | Soria | ABACO SORIAL S.L.

PRESTAMO FAMILIAR

Fiscal

Si usted dispone de un capital y quiere donarlo a su hijo para que éste cancele la hipoteca sobre su vivienda. ¿Sabe que posiblemente le interese entregarle esta suma en forma de préstamo?

ADQUISICION DE VIVIENDA

Antes de 2013. Si alguien adquirió su vivienda habitual antes de 2013, financiándola a través de un préstamo hipotecario, al tratarse de adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 los contribuyentes todavía pueden seguir aplicando la deducción por adquisición de vivienda habitual.

Recordatorio: La base de la deducción tiene un límite de 9.040 euros anuales.

Opción planteada: DONACION: si usted dispone de un capital y pretende donarlo a su hijo, o pretende que se lo done su padre a usted, para poder cancelar la hipoteca, el receptor deberá liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (aunque algunas comunidades autónomas establecen bonificaciones) y además, al cancelar la hipoteca, el titular de la vivienda con derecho a deducción dejará de disfrutar de la misma.

Alternativa: PRESTAMO

También con deducción. Ante esta situación, plantéense otorgar entre padre e hijo un préstamo sin interés, de forma que el titular del préstamo hipotecario con derecho a deducción pueda cancelar la hipoteca, pero siga debiéndole esta cantidad a otro tercero, a quien le reintegre sumas mensuales.

Ventajas: Este PRESTAMO tendrá las siguientes ventajas:

Puede formalizarse sin interés, sin que Hacienda ponga ningún reparo.

Si se cancela el préstamo hipotecario y continúa con el del familiar –de forma que se vea claramente que la financiación se sigue destinando a la vivienda–, podrá seguir disfrutando de la deducción por adquisición de vivienda habitual. Atención. Para aplicar la deducción no es necesario que el préstamo tenga garantía hipotecaria, ni que lo haya otorgado un banco. La financiación sigue existiendo, y sustituir un préstamo por otro es totalmente válido.

Ahorro. El titular de la vivienda, por tanto, se ahorrará los intereses que el familiar no le cobrará y podrá seguir disfrutando de la deducción.