Las ventas de productos usados realizadas por particulares en plataformas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%. Además, las ventas en estas plataformas online que generen beneficios tributan en el IRPF como ganancia patrimonial.
La Dirección General de Tributos (DGT), el brazo legislativo de Hacienda, ha emitido una consulta vinculante que establece que las ventas online estarán sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%. Un contribuyente preguntó porque no sabía qué debía hacer ante la novedad que suponen las plataformas online.
¿Cómo se grava la venta de productos nuevos? Igual, la clave es quién vende. Si lo hace un empresario o profesional, la venta está gravada con IVA. Si es un particular, con ITP. En principio, se asume que el particular venderá objetos usados o de segunda mano.
¿Va a controlar Hacienda estas ventas? Sí. La consulta de Tributos es de directa aplicación y Hacienda aclara que controla una tributación que deja rastro en la web. La Agencia Tributaria (AEAT), además, pide las bases de datos a las plataformas de comercio online para investigar transacciones. Además de no tributar, cabe la posibilidad de que se declaren ventas para enmascarar trabajos hechos en B en varias transacciones con diferentes cantidades o, incluso, que empresarios y profesionales vendan como si fueran particulares para ahorrarse el IVA del 21% y tributar al 4% por ITP. Z
¿Cómo se puede responder a Hacienda? Es recomendable guardar documentos que acrediten la propiedad del bien y pruebas de la transacción como facturas o pantallazos del cierre del acuerdo